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Ramadán con novedades 20/08/2009 - Un interesante artículo de Dolores Bramon para el El Periódico de Catalunya, que hay que matizar. El interesante artículo de Dolores Bramon, aparecido en la edición electrónica de El Periódico de Catalunya, en su edición del día de ayer, 19 de agosto, invita a algunas matizaciones que, de no tener el valor que tienen, serían innecesarias. El caso es que esas matizaciones, un par solamente -incluso me atrevería a decir una y media - se sitúan en un contexto que, de no aclararse, crearía confusión entre los no musulmanes y los estudiosos en general, ya que caerían, no en un error de interpretación, sino de texto. Me refiero a la afirmación hecha por la escritora del artículo, que dice en uno de sus pasajes que: 'Es evidente que todo tipo de medicamentos están permitidos sea cual sea la vía y la frecuencia de su administración'. Esto es totalmente falso, ya que cualquier ingesta de medicamentos, sea por intravenosa o por la cavidad bucal, están proscritos durante la observación del ayuno. Obsérvese a tal respecto que la mayoría de los medicamentos que se administran por vía bucal van acompañados de algún líquido para facilitar su ingestión o su absorción, lo que entra en conflicto con el espíritu del Ramadám y, por lo tanto, rompe el ayuno. En este caso, el infractor estaría obligado a repetir el día de ayuno, una vez acabado el Ramadán, o cuando su salúd se lo permita. Esto, evidentemente, no sería ningún acto pecaminoso si la salud del enfermo lo requiriese, de manera insoslayable, durante la observancia del ayuno. Sin embargo, si la medicación pudiese ser aplazada para después de la ruptura del ayuno, sin que ello pusiera en peligro la salud del musulmán, entonces debería de ser esa la conducta a seguir. Vayamos ahora a la segunda precisión -o media precisión, como dije anteriormente- ya que Dolores Bramon dijo claramente que 'Muchos musulmanes creen que...', evitanto sabiamente la generalización, al referirse a que 'las mujeres menstruantes están exentas (del ayuno)porque equiparan la menstruación con una enfermedad, pero el motivo es otro: dado que en el judaismo y el islam el fiel tiene que estar en estado de pureza ritual para que tenga validez cualquier acto religioso que realice, y puesto que se cree que cualquier líquido que emane del cuerpo de las personas (salvo el sudor) le hace perder a ésta su estado de pureza, observar el Ramadán, rezar o cumplir con cualquier acto de culto, resulta inútil para cuanquier mujer menstruante. Partiendo de esta premisa -sigue el razonamiento de Dolores- algunos creyentes han llegado a defender la inferioridad de la mujer con la siguiente argumentación: 'Como toda mujer tendrá una media de cinco o seis días de menstruación unas 13 veces al año y que esta sucedrá a lo largo de unos 40 años de su vida, las mujeres tienen, en consecuencia, menos días de religión, y por tanto, están disminuidas desde el punto de vista religioso'. Fin de citación. Una citación que choca con la esencia misma de igualdad repetida constantemente por el Corán, en las que equipara al varón con la hembra, excepción hecha de algunos casos puntuales como son la herencia y la impartición de la justicia (el hombre hereda el doble que la mujer y ésta no puede ser jueza en ejercicio,por razones que sólo Dios sabe y que nosotros los musulmanes acatamos sin discusión alguna). Por fortuna, esta discriminación, que la autora atribuye a únicamente 'algunos creyentes' no tiene repercusión alguna entre esa mayoría absoluta que trata a la mujer según los mandamientos de Dios. Añadiría algo más: no todo líquido que emana de una mujer rompe su ayuno, pues lo mismo que le ocurre a ésta, el hombre también puede sufrir del sangrado de sus encías (evítese en lo posible tragar es sangre), de la emanación de pus debida a una otitis etc.. y no por ello deja de estar perfectamente en ayunas. Espero que estas aclaraciones hayan sido de alguna utilidad y pido perdón por cualquier desliz involuntario. Abdelkader Boulaala-Asociación de Amigos del Pueblo Marroquí-ITRAN volver al listado de noticias |
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